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​Audiencia está programada para el 21 de septiembre en el Tribunal Contencioso Administrativo, según Procuraduría

23/08/23 | 17:06pm

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La demanda fue presentada el 19 de diciembre de 2022 ante el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA).

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Desde el Departamento de Prensa del Poder Judicial confirmaron que el TCA le dio trámite a la acusación y se le asignó el expediente 22-006821-1027-CA.

Este asunto fue designado al juez Alexander Guillermo Fallas Hidalgo, quien figura como el tramitador del caso ante el Contencioso Administrativo.

AmeliaRueda.com publicó en su edición del 28 de septiembre de 2020 que la compañía promocionaba un producto llamado IQOS en al menos dos páginas de redes sociales y una web, pese a la prohibición en Costa Rica para este tipo de difusión para los productos de tabaco.

Dicha promoción se dio en Instagram y en Facebook, y según señaló en su oportunidad este medio, estuvieron ligadas a la dirección electrónica iqos.com/cr/es/home.html.

El IQOS figura como un aparato que calienta el tabaco sin llegar a generar combustión. No es un cigarrillo convencional, pero de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), puede resultar un producto “intrínsecamente tóxico y contiene cancerígenos”.

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El Ministerio de Salud se basó en el artículo 12 de la Ley Antitabaco para aplicar la normativa. La misma establece que “se prohíbe cualquier forma de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco y sus derivados”.

El incumplimiento en la normativa establece una multa de 10 salarios base “a quien incumpla alguna de las disposiciones relacionadas con la publicidad, la promoción y el patrocinio de los productos del tabaco establecidos en esta ley”.

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Órdenes sanitarias

La demanda fue interpuesta por el abogado de la empresa, Róger Guevara, y citó que el 21 de octubre de 2020, la empresa tabacalera recibió la notificación de una orden sanitaria en la cual se giró la orden de “detener cualquier tipo de publicidad relacionada al producto IQOS”.

Dicha medida, según la parte demandante, resultó ser “genérica e imprecisa”, y la orden del retiro surgió para evitar su publicidad en medios de comunicación escritos, digitales, televisoras y de radiodifusión.

Philip Morris Costa Rica fue notificada el 20 de enero de 2021 sobre la ampliación de la órden sanitaria para incluir las redes sociales dentro de la orden de detención de la publicidad.

La representación de la empresa consideró que las órdenes sanitarias “no cumplen con los presupuestos legales contenidos en la Ley General de Administración Pública y la Ley Orgánica del Ministerio de Salud” sobre el contenido y la motivación de los actos.

En tanto citaron que la medida incumple con los principios de razonabilidad y proporcionalidad que fueron establecidos por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y acusaron a la cartera sanitaria por aparentemente violentar el derecho de la defensa.

Las razones señaladas por la representación legal de la empresa fue que se incumplieron los principios de imputación e intimación, así como también el incumplimiento sobre la realización de un análisis de las razones por las cuales el aparato debe ser objeto de una orden sanitaria.

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Preocupación

La representante de la Red Nacional Antitabaco, Teresita Arrieta, declaró a AmeliaRueda.com que hay mucha preocupación porque a su criterio, la empresa tabacalera sigue incumpliendo la ley.

Arrieta citó que dicho incumplimiento no solamente se produce en las redes sociales, sino además aplica ese accionar en sitios web.

Mencionaron una publicidad del 24 de mayo de la dirección electrónica encuentra24.com y la colocación de IQOS en centros comerciales.

“No sabemos si la empresa ha pagado las multas correspondientes por su publicidad de IQOS, la cual viola la ley 9028. Lo que sí podemos informarle es que en noviembre del 2020 y marzo del 2021 el Ministro de Salud, el Dr. Daniel Salas emitió dos directrices para que se prorrogaran los cobros de las multas a las empresas que violaron la Ley 9028”, indicó.

La licenciada sostuvo que luego de la declaratoria por parte del Poder Ejecutivo sobre el cese de estado de emergencia nacional por covid-19, se solicitó reiniciar los procesos sumarios relacionados con la Ley 9028.

A su criterio, eso quiere decir que esas multas se encuentran en trámite, pero que debieron haberse cobrado.

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Audiencia preliminar

Desde la Procuraduría General de la República (PGR) confirmaron a AmeliaRueda.com la demanda contra el Estado por parte de la tabacalera.

El abogado del Estado detalló que representarán al Ministerio de Salud en la causa que se sigue en relación con las órdenes sanitarias.

“La demanda ya fue respondida y la audiencia preliminar está programada para el 21 de septiembre de 2023 a las 8:30 de la mañana”, cita la PGR tras consulta de este medio de comunicación.

En la oficina de prensa del Ministerio de Salud comentaron que “este caso se encuentra dentro de un proceso judicial ante el Tribunal Contencioso Administrativo, por lo cual no podemos brindar información en aras de no poner en riesgo de nuestra parte dicho proceso”.

Mientras tanto, la compañía Philip Morris respondió a este medio que “como política de la compañía y de acuerdo con los lineamientos de nuestro departamento de Legal no podemos realizar comentarios o brindar respuestas ante preguntas relacionadas a procesos judiciales”.

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